VERA. El PSOE recurre 22 contratos menores de obras y servicios por incumplir la propia normativa municipal

Martín Gerez, portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Vera
Martín Gerez, portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Vera

En total, la cuantía de los contratos supera los 200.000 euros en expedientes que no justifican la urgencia exigible para este tipo de procedimientos, que deberían ser de carácter totalmente extraordinario y excepcional

 El Grupo Municipal Socialista de Vera ha recurrido un total de 22 expedientes de contratación suscritos por el equipo de gobierno del PP por entender que no se ajustan a la normativa vigente. Así, se incumplen los propios requisitos municipales que figuran en las bases de ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento para este año.

En concreto, en la base 38 apartado 2 se recoge que “salvo en los casos de urgencia y en aquellos en los que no sea posible recurrir a más de un licitador, se procurará promover la concurrencia de ofertas”. De la naturaleza de los contratos recurridos no se desprende que tengan un carácter urgente ya que, por ejemplo, buena parte de ellos corresponden a patrocinios y publicidad institucional (ocho en total por un importe cercano a los 95.000 euros). Sin embargo, no ha habido más alternativa presupuestaria que la contratada.

“Lo que hay que justificar sin ninguna excusa”, recuerda el portavoz socialista, Martín Gerez, “son los motivos concretos que impiden utilizar otros tipos de procedimientos de contratación más adecuados y transparentes de acuerdo a la legislación referida, y que se ajustan perfectamente a los principios de transparencia, publicidad y concurrencia competitiva”. “Obviamente no es el caso, al contrario, el contrato menor se ha convertido en práctica habitual, y su abuso se agrava cuando además no se aportan presupuestos de proveedores alternativos”. La falta de dichas alternativas no solo perjudica a proveedores legítimamente interesados también en contratar con el Ayuntamiento y que resultan ignorados y marginados, sino a la propia Corporación municipal puesto que sin competencia no obtiene mejores condiciones de calidad-precio, tal como sucede con otros procedimientos contractuales.

Por si no fuera suficiente, una instrucción de la Oficina Indepediente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública, del 28 de febrero de 2019 y vinculada al apartado 3 del artículo 118 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), dice que “no podrán ser objeto de un contrato menor prestaciones que tengan carácter recurrente, de forma que, año tras año, respondan a una misma necesidad para la entidad contratante, de modo que pueda planificarse su contratación y hacerse por los procedimientos ordinarios”.

“Es decir”, añade Gerez, “el procedimiento del contrato menor no se sostiene en ningún caso a tenor de la normativa vigente que el equipo de gobierno del PP incumple de manera sistemática, y así se lo advertimos en el pleno de aprobación del presupuesto”. “Muchos de estos contratos tienen carácter  recurrente, de forma que año tras año responden a la misma y repetitiva necesidad, que en caso de ser cierta y se pueda acreditar, permite que pueda planificarse y hacerse por los procedimientos ordinarios”. “Es más, ni tan siquiera su justifica adecuadamente la necesidad real de los servicios contratados, simplemente se da por sentado de forma subjetiva que son todos ellos ineludibles, algo que no es así de ningún modo”.