EL EJIDO. El PSOE de El Ejido fue escenario anoche de una charla informativa sobre el impuesto de sucesiones y donaciones

Antonio Arqueros y Tomás Elorrieta, durante la charla sobre el impuesto de sucesiones y donaciones
Antonio Arqueros y Tomás Elorrieta, durante la charla sobre el impuesto de sucesiones y donaciones

El asesor fiscal Antonio Arqueros Martínez explicó a los asistentes a este encuentro en qué consiste este impuesto, y demostró con casos concretos cómo se aplica en nuestra comunidad autónoma, en donde si se heredan menos de 175.000 euros no se paga nada

La sede del PSOE de El Ejido fue escenario anoche de una charla informativa sobre el impuesto de sucesiones y donaciones que corrió a cargo del asesor fiscal Antonio Arqueros Martínez, quien explicó en qué consiste este impuesto y cómo se aplica en Andalucía, en donde si se heredan menos de 175.000 euros no se paga nada.

Entre las aclaraciones que subrayó destaca el hecho de que este impuesto es estatal, por lo que un gobierno autonómico como el de la Junta de Andalucía solo puede mejorarlo, pero nunca eliminarlo. También destacó que la mayor parte de las renuncias a las herencias no se deben a que estén gravadas con un impuesto tan elevado que sea imposible hacerse cargo de ellas, sino a que llevan aparejadas deudas que los beneficiarios de esa herencia no están dispuestos a asumir.

El ponente puso ejemplos concretos de casos en los que, gracias a las reducciones de la base imponible que se pueden aplicar en Andalucía a este impuesto, los herederos no tienen que pagar nada por aceptar la herencia. Y también señaló que el caso de las donaciones es diferente, porque sí pueden llevar implícito un incremento patrimonial para el donante, con el correspondiente aumento de renta a declarar en el IRPF y en la denominada plusvalía municipal.

Arqueros especificó, asimismo, que heredar la vivienda habitual del padre para que se convierta en la vivienda habitual durante los tres años siguientes, aunque sí está gravado con el impuesto, puede llegar a tener una reducción de un 100%, y que en el caso de las herencias o donaciones de explotaciones agrícolas, hay importantes reducciones del impuesto si el hijo que hereda es agricultor y mantiene activa la explotación durante al menos cinco años.

El ponente, por último, aclaró que el IRPF y la plusvalía municipal pueden llegar a suponer un mayor gasto para quien hereda que el impuesto de sucesiones en sí.